Cuando compramos viviendas sobre plano, es
habitual que en el contrato se fije un plazo de entrega de la vivienda. ¿Qué
ocurre si se incumple este plazo?
No todo retraso en la entrega de una
vivienda permite resolver el contrato y recuperar las cantidades entregadas. En
primer lugar, es necesario que se fije claramente una fecha de terminación de
la obra y entrega de la vivienda y además, que el retraso tenga una cierta
consideración (más de dos años, por ejemplo, en la reciente Sentencia del
Tribunal Supremo de 21.07.2014).
Por último, no olvidemos que la entrega de
la vivienda no se considera hecha hasta que el promotor no cuente con la
licencia de primera ocupación, aunque en el contrato sólo se hable de que la
obra terminará en fecha determinada.

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