sábado, 13 de septiembre de 2014

¿Se puede recuperar el dinero pagado de más por la cláusula suelo de la hipoteca?

Se ha hablado y escrito mucho sobre las cláusulas suelo, y de hecho, ya son pocos los consumidores que teniéndolas en su hipoteca, no han hecho lo posible para que su Banco las elimine del préstamo.

Pero ¿por qué son tan perjudiciales?? Cuando el banco nos presta dinero, lo tenemos que devolver pagando interés por él. Este interés puede ser fijo durante toda la vida del préstamo, o por el contrario, ser variable en referencia al euribor (en la mayoría de los casos). Por ejemplo, una hipoteca que fija un interés del 0,50 + euribor, pagará un interés en función de si el euribor sube o baja. Cuando el euribor está muy bajo, se paga menos dinero y cuando está alto, se pagará más interés.

jueves, 11 de septiembre de 2014

¿Retraso en la entrega de la vivienda comprada sobre plano? ¿Puedo resolver el contrato y recuperar las cantidades entregadas?


Cuando compramos viviendas sobre plano, es habitual que en el contrato se fije un plazo de entrega de la vivienda. ¿Qué ocurre si se incumple este plazo?

No todo retraso en la entrega de una vivienda permite resolver el contrato y recuperar las cantidades entregadas. En primer lugar, es necesario que se fije claramente una fecha de terminación de la obra y entrega de la vivienda y además, que el retraso tenga una cierta consideración (más de dos años, por ejemplo, en la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 21.07.2014).

Por último, no olvidemos que la entrega de la vivienda no se considera hecha hasta que el promotor no cuente con la licencia de primera ocupación, aunque en el contrato sólo se hable de que la obra terminará en fecha determinada.


lunes, 1 de septiembre de 2014

Cuidado al usar el correo electrónico de la empresa para fines particulares! Te puede costar el puesto de trabajo!

Nuestras comunicaciones están protegidas por el derecho fundamental a la intimidad recogido en el artículo 18 de la Constitución, que garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
¿Y qué ocurre cuando utilizamos el ordenador del trabajo para nuestras comunicaciones privadas? ¿Puede el empresario acceder a nuestros emails o están protegidos por el derecho a la intimidad y por tanto este acceso es ilícito?.